Free SP_FL-630.ofm - California


File Size: 221.6 kB
Pages: 2
Date: June 24, 2009
File Format: PDF
State: California
Category: Court Forms - State
Author: CKieliger
Word Count: 1,208 Words, 7,097 Characters
Page Size: Letter (8 1/2" x 11")
URL

http://www.courtinfo.ca.gov/forms/documents/fl630s.pdf

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FL-630 S
DEPENDENCIA GUBERNAMENTAL (bajo el Código de Derecho Familiar §§ 17400, 17406): SÓLO PARA USO DE LA CORTE

TELÉFONO: E-MAIL (Optativo): ABOGADO DE (Nombre):

FAX (Optativo):

CORTE SUPERIOR DE CALIFORNIA, CONDADO DE
CALLE Y NÚMERO: DIRECCIÓN POSTAL: CIUDAD Y CÓDIGO POSTAL: NOMBRE DE LA SUCURSAL:

Sólo para información No entregue a la corte

SOLICITANTE/DEMANDANTE: RESPONDEDOR/DEMANDADO: OTRO PADRE/MADRE:

FALLO SOBRE LAS OBLIGACIONES DE LOS PADRES
ENMENDADA 1. a. SUPLEMENTARIA

NÚMERO DEL CASO:

2.

3. 4. 5.

AVISO: ÉSTE ES UN FALLO PROPUESTO. Este Fallo sobre las obligaciones de los padres será dictado por la corte, y será de cumplimiento legal, a menos que llene y presente una Respuesta a la demanda o a la demanda suplementaria sobre las obligaciones de los padres (Gubernamental) (formulario FL-610) ante el secretario de la corte dentro de los 30 días de la fecha en que recibió legalmente la Citación y Demanda o Demanda suplementaria sobre las obligaciones de los padres (Gubernamental) (formulario FL-600). Si necesita el formulario FL-610, puede obtenerlo de la agencia local de manutención de los hijos, del secretario de la corte o del asistente de derecho familiar. El asistente de derecho familiar le ayudará a llenar los formularios. Para presentar la respuesta, siga los procedimientos listados en las instrucciones adjuntas. b. AVISO: ÉSTE ES UN FALLO. Ahora por ley, se tiene que cumplir. Este caso se desarrolló de la siguiente manera: a. Fallo dictado conforme a la sección 17430 del Código de Derecho Familiar. b. Por audiencias de la corte, con las siguientes comparecencias: (1) Fecha: Funcionario judicial: Depto.: (2) Abogado presente (nombre): Solicitante presente (3) Abogado presente (nombre): Respondedor presente (4) Otro padre presente Abogado presente (nombre): (5) Abogado de la Agencia local de manutención de los hijos (Código de Derecho Familiar, §§ 17400, 17406), (nombre): (6) Otro (especificar): c. La parte obligada (parte a quien se ordenó pagar manutención) es el solicitante respondedor otro padre. Esta orden se basa en los ingresos presuntos de la parte obligada a pagar manutención, conforme a la sección 17400 del Código de Derecho Familiar. Se adjunta un listado de computadora que muestra los ingresos de cada padre y el porcentaje de tiempo que cada uno pasa con los hijos. Este listado, que muestra el cálculo de manutención pagadera de los hijos, formará parte de las determinaciones de la corte. Esta orden se basa en los siguientes documentos adjuntos (especificar):

LA CORTE ORDENA 6. a. La madre y el padre nombrados en la demanda son los padres de los hijos nombrados en 6b. b. La parte obligada deberá pagar actualmente manutención de los hijos tal como se describe a continuación: Fecha de nacimiento Monto mensual de manutención Nombre

(1) (2)

Otro (especificar): Para un total de: $ comenzando el (fecha): pagadero el: día de cada mes

AVISO: Cualquier parte obligada a pagar manutención de los hijos deberá pagar intereses sobre todos los montos vencidos a la tasa legal, que en la actualidad es del 10 por ciento.
Página 1 de 2 Form Adopted for Alternative Mandatory Use instead of Form FL-692 Judicial Council of California FL-630 S [Rev. July 1, 2005]

FALLO SOBRE LAS OBLIGACIONES DE LOS PADRES
(Gubernamental)

Family Code, §§ 17400,17402, 17404,17430 www.courtinfo.ca.gov

SOLICITANTE/DEMANDANTE: RESPONDEDOR/DEMANDADO: OTRO PADRE/MADRE:

NÚMERO DE CASO:

6. b. (3)

Se aplica el ajuste de bajos ingresos. No se aplica el ajuste de bajos ingresos porque (especificar razones):

(4) Se deberá seguir pagando todo el monto ordenado de manutención hasta que la corte dicte otra orden o la manutención se dé por terminada automáticamente conforme a la ley. c. La parte obligada deberá pagar manutención de los hijos por periodos anteriores, por el monto indicado a continuación: Fecha de nacimiento Periodo de manutención Monto Nombre

(1) (2) (3)

Otro (especificar): Para un total de: $ pagadero: día de cada mes $ el: comenzando el (fecha): Se acumulará interés sobre el saldo total adeudado, y no sobre cada cuota a su fecha de vencimiento.

d. Si éste es un fallo sobre una Demanda suplementaria, no modifica o suplanta cualquier fallo u orden anterior de manutención o pagos atrasados, a menos que se lo indique específicamente. e. Ninguna cláusula de este fallo se interpretará como limitación del derecho a cobrar el saldo (monto total impago de manutención) o cargar y cobrar los intereses y multas permitidas por la ley. Todos los pagos ordenados quedarán sujetos a modificación. f. Todos los pagos se deberán realizar a nombre de (nombre y dirección de la agencia):

g. Se emitirá una Orden/Aviso para retener ganancias para manutención de los hijos (formulario FL-195). h. La parte obligada parte que recibe manutención deberá: (1) proporcionar y mantener un seguro de atención de la salud para sus hijos, si éste se puede conseguir por medio de su trabajo o un plan de grupo, o si se pudiera conseguir sin costo o a un costo razonable, y deberá mantener informada a la agencia local de manutención de los hijos de la disponibilidad de dicha cobertura; (2) si no se puede disponer de seguro de atención de la salud, proporcionar cobertura cuando esté disponible; (3) llenar y enviar de retorno un formulario de seguro de salud dentro de los 20 días de recibir una solicitud de la agencia de manutención de los hijos; (4) proporcionar a la agencia local de manutención de los hijos toda la información y formularios necesarios para obtener servicios de atención de la salud para los hijos; (5) presentar todo reclamo necesario para asegurar el pago o reembolso al otro padre o cuidador que haya incurrido en gastos de servicios de atención de la salud para los hijos; y (6) asignar todo derecho de reembolso al otro padre o cuidador que haya incurrido en gastos de servicios de atención de la salud para los hijos. Si está marcada la casilla "parte obligada", se debe emitir una orden de asignación de cobertura de seguro de salud. i. Los padres deberán notificar a la agencia local de manutención de los hijos por escrito, dentro de los 10 días, si hay un cambio de domicilio o empleo. j. Se adjunta el Aviso de derechos y responsabilidades--Costos de atención de la salud y procedimientos de reembolso, y Hoja informativa sobre cómo cambiar una orden de manutención de los hijos, formulario FL-192. k. l. m. La siguiente persona (el "otro padre") se agrega como parte a esta acción legal conforme a la sección 17404 del Código de Derecho Familiar (nombre): La parte obligada deberá pagar costos de: $ La corte ordena además (especificar):

Fecha: 7. Número de páginas adjuntas: Aprobado conforme a la orden de la corte: Fecha:

Sólo para información ­ No entregue a la corte
FUNCIONARIO JUDICIAL LA FIRMA SE ENCUENTRA AL FINAL DEL ÚLTIMO ADJUNTO

(FIRMA DEL ABOGADO DE LA PARTE OBLIGADA) FL-630 S [Rev. July 1, 2005]

FALLO SOBRE LAS OBLIGACIONES DE LOS PADRES
(Gubernamental)

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