Free FL-192.mec.Inhouse.ofm - California


File Size: 27.7 kB
Pages: 3
Date: June 24, 2009
File Format: PDF
State: California
Category: Court Forms - State
Author: mcaamic
Word Count: 1,976 Words, 11,255 Characters
Page Size: Letter (8 1/2" x 11")
URL

http://www.courtinfo.ca.gov/forms/documents/fl192s.pdf

Download FL-192.mec.Inhouse.ofm ( 27.7 kB)


Preview FL-192.mec.Inhouse.ofm
Aviso Sobre Derechos y Responsabilidades Procedimientos relativos a costos de salud y devolución de dichos costos

FL-192 S

Si usted tiene una orden de manutención de menores que disponga la devolución de costos incurridos por servicios de salud para menores y costos no cubiertos por el seguro médico, la ley dice lo siguiente:
1. Aviso. Se debe dar al otro padre una factura detallada relacionando los costos cobrados por servicios de salud que no estén cubiertos por seguro médico. Esta factura se le debe dar al otro padre con antelación razonable y no más tarde de 30 días después de haber recibido dichos cobros de pago. 2. Comprobante de pago total. Si usted ya pagó todos los costos de salud correspondientes a individuos no asegurados, deberá: (1) proporcionar al otro padre el comprobante de haber pagado y (2) pedirle al otro padre que le pague la porción de los costos que al otro padre le corresponda, según la orden del tribunal. 3. Comprobante de pago parcial. Si sólo pagó su porción de los costos no cubiertos por el seguro, debe: (1) darle al otro padre un comprobante indicando que ya pagó dicha porción, (2) pedir al otro padre que pague directamente al proveedor de servicios médicos la parte de los costos que al otro padre le corresponda y (3) darle al otro padre la información necesaria para que pague la factura. 4. Pago que le corresponde al padre notificado. Si usted recibe notificación del otro padre indicando costos incurridos por servicios de salud para individuos sin seguro, deberá pagar la porción que le corresponde a usted dentro del plazo ordenado por el tribunal, o si el tribunal no especifica un plazo, usted deberá pagar dichos costos, ya sea, (1) a más tardar en 30 días, desde la fecha en que recibió la notificación sobre los costos por pagar, (2) según un horario de pagos fijado por el proveedor de servicios de salud, (3) según un horario acordado por escrito entre usted y el otro padre o (4) según el horario adoptado por el tribunal. 5. Cuando se disputan los costos. Si usted disputa un costo, puede presentar al tribunal una moción (o pedimento) para resolver la disputa. Sólo podrá hacer esto, si paga el costo antes de presentar la moción. Si su reclamo consiste en que la otra parte no le ha pagado a usted por un costo, o que no le ha pagado al proveedor de servicios de salud después de la notificación apropiada, usted puede presentar una moción ante el tribunal para resolver la disputa.
FL-192 S [Revised July 1, 2007] Pagina 1 de 3

El tribunal asumirá que si los costos ya se han pagado, dichos costos han sido razonables. Si una persona se comporta de una manera que no sea razonable, el tribunal puede imponerle que pague honorarios de abogado. 6. Cobertura de seguro por orden de tribunal. Si un padre tiene seguro de salud por orden del tribunal, ese seguro se usará todo el tiempo, siempre que esté disponible para cubrir los costos de servicios de salud. a. Responsabilidad de comprobar. La responsabilidad de comprobar ante el tribunal que la cobertura de servicios de salud es inadecuada para los menores recae sobre la parte que reclama que es inadecuada. b. Costos de cobertura adicional. Si uno de los padres compra un seguro de salud adicional al que haya sido ordenado por el tribunal, tal padre deberá pagar todo el costo de la cobertura adicional. Y si uno de los padres usa una manera alterna para cubrir gastos médicos que cuestan más que la cobertura dispuesta por el tribunal, dicho padre tendrá que pagar la diferencia. 7. Proveedor preferido para servicios de salud. Si la orden del tribunal especifica un proveedor preferido para servicios de salud, dicho proveedor deberá usarse siempre, según los términos de la póliza del seguro de salud. Si una de las partes decide usar un proveedor que no sea el preferido e incurre costos que podrían haber sido cubiertos por el proveedor preferido si se hubieran utilizado sus servicios, dicha parte asumirá la responsabilidad de cubrir los costos incurridos.

Aviso sobre derechos y responsabilidades Procedimiento relativo a costos de salud y su devolución de dichos costos

Translation [Rev. July 1, 2007]

FL-192 S

Información sobre cómo cambiar una orden judicial sobre manutención de menores
Información general El tribunal acaba de dar una orden judicial sobre manutención de menores en esta causa. Esta orden permanecerá en efecto, a menos que alguna de las partes de la causa pida que se modifique. Sólo se puede modificar una orden de manutención de menores si se presenta ante el tribunal una moción (o pedimento) de modificación de manutención y si se da una copia de dicha moción a las partes interesadas en la causa. Si ambos padres llegan a un común acuerdo sobre una suma y si la agencia local que vigila la manutención de menores también acepta el acuerdo (si dicha agencia participa), se puede llenar y hacer que cada una de las partes firme una Estipulación para Establecer o Modificar una Orden de Manutención de Menores (formulario FL-350) o llenar y hacer que cada una de la partes firme una Estipulación y Orden (Documento gubernamental) (formulario FL-625). ¿Cuándo se puede modificar una orden de manutención de menores? El juez toma varios factores en consideración cuando emite una orden judicial sobre el pago de manutención de menores. Primero, considera, el número de hijos. Luego, determina los ingresos de ambos padres y el porcentaje del tiempo que cada padre asume la custodia fisica de los hijos. El tribunal estudia el estado tributario (pago de impuestos) de ambas partes y puede tener en cuenta factores de dificultad económica, tales como la existencia de hijos de otra relación. Se puede modificar la orden de manutención de menores si ocurre un cambio considerable en los ingresos netos de uno de los padres, un cambio considerable en el tiempo que los menores pasan con cada uno de los padres, o cuando nace un nuevo hijo. Ejemplos: · Si a usted se le ha ordenado pagar $500 mensuales de manutención de menores y luego pierde su empleo, continuará debiendo $500 mensuales. Además usted deberá el 10% de intereses de la suma de manutención adeudada, a menos que presente una moción pidiendo que se modifique y se reduzca la suma de manutención y que el tribunal ordene dicha reducción. · Si usted está recibiendo $300 mensuales por manutención de menores provenientes del otro padre y los ingresos de ese padre aumentan considerablemente, usted continuará recibiendo $300 mensuales, a menos que usted presente una moción para modificar la orden y que el tribunal ordene el aumento de la suma de manutención de menores. · Si paga manutención de menores basándose en que pasa un 30% de tiempo asumiendo la custodia parcial de sus hijos y después de varios meses, resulta que en efecto pasa el 50% del tiempo a cargo de la custodia fisica de sus hijos, en dado caso, podrá presentar una moción pidiendo que se reduzca la suma de manutención. Cómo modificar una orden existente de manutención de hijos menores Para modificar una orden de manutención de hijos menores usted debe presentar documentos ante el tribunal. Recuerde: Usted tiene la obligación de cumplir la orden judicial existente. ¿Qué formularios necesita? Si está pidiendo que el tribunal modifique una orden de manutención cuyo caso está abierto en la agencia local que vigila la manutención de menores, deberá llenar los siguientes formularios: · FL-680 Aviso de petición (Gubernamental) o FL-683 Orden de motivos justificativos (Gubernamental) y · FL-684 Solicitud de orden y declaración de respaldo Si está pidiendo que el tribunal modifique una orden de manutención cuyo caso no está abierto en la agencia local que vigila la manutención de menores, deberá llenar los siguientes formularios: · FL-301 Aviso de petición o FL-300 Orden de motivos justificativos y · FL-310 Solicitud para una orden y declaración de respaldo (Derecho de familia -Paternidad uniforme) o · FL-390 Aviso de petición y petición simplificada de modificación de orden de manutención de hijos menores, de cónyuge o de familia También deberá llenar uno de los siguientes formularios: · FL-150 Declaración de ingresos y gastos o FL-155 Declaración sobre finanzas (Simplificada) ¿Qué puedo hacer si no sé qué formulario llenar? Hable con el asesor legal del tribunal de familia.

FL-192 S [Rev. July 1, 2007]

INFORMACIÓN SOBRE CÓMO CAMBIAR UNA ORDEN JUDICIAL SOBRE MANUTENCIÓN DE MENORES

Pagina 2 de 3

FL-192 S
Después de llenar los formularios, radíquelos en el tribunal y pida una audiencia ante el tribunal. Escriba la fecha de su audiencia en su formulario. En la secretaría le pedirán que pague la cuota de radicación. Si no tiene los medios para pagar la cuota, llene también los siguientes formularios: · Formulario FW-001, Solicitud de exención de cuotas y costos judiciales · Formulario FW-003, Orden de exoneración de cuotas y costos judiciales Usted tiene que hacer la "entrega legal" de los formularios de modificación al otro padre. Si la agencia local que vigila la manutención de hijos menores participa en la causa, entregue también los documentos a esa agencia. Esto significa que una persona de no menos de 18 años (y que no sea usted mismo) debe entregar copias de los formularios por lo menos 16 días hábiles del tribunal antes de la audiencia. Se deben añadir 5 días calendarios más si la entrega se hace por correo postal dentro de California (véase Código Civil de Procedimientos, sección 1005 para ver otras situaciones). Los días hábiles del tribunal son los días cuando el tribunal está funcionando, de lunes a viernes, exceptuando los días feriados. Los días calendarios son todos los días de la semana, incluyendo los fines de semana y los días feriados. Para obtener mayor información, visite: www.courtinfo.ca.gov/selfhelp/courtcalendars La persona que haga entrega de la copia de los documentos deberá entregar copias de los siguientes formularios: · FL-320 Declaración de respuesta y FL-150 Declaración de ingresos y gastos, o · FL-155 Declaración de finanzas (Simplificada) La persona que hace la entrega entonces llena y firma el comprobante de entrega (formularios FL-330 o FL-335). Luego, usted lleva este documento a la secretaría del tribunal para radicarlo. Vaya a su audiencia ante el tribunal y pida al juez que modifique la manutención. Lleve consigo sus formularios más recientes de declaración de impuestos federales de los últimos dos años y sus talones de pago de los últimos dos meses. El juez estudiará la información presentada, escuchará a ambos padres y emitirá una orden. Después de la audiencia usted debe llenar los formularios: · FL-340 Conclusiones y orden después de la audiencia y · FL-342 Documento adjunto con información sobre manutención de menores y orden judicial. ¿Necesita ayuda? Consulte con el Asesor Legal del Tribunal de Familia de su condado o llame al colegio de abogados de su condado y pida un abogado con experiencia en el tribunal de familia.

FL-192 S [Rev. July 1, 2007]

INFORMACIÓN SOBRE CÓMO CAMBIAR UNA ORDEN JUDICIAL SOBRE MANUTENCIÓN DE MENORES

Pagina 3 de 3